Los ciudadanos contribuyentes, y las empresas, destinan por ley una parte de sus ingresos económicos o ganancias al pago de impuestos; de esta manera aportan al fisco, y permiten a los gobiernos (locales, regionales, nacionales) contar con una fuente permanente de financiamiento que haga posible atender las necesidades públicas en infraestructura, educación, salud, administración de justicia, etc.
Los conceptos de impuesto, tributo, gravamen, implican la idea de carga o exigencia. En cualquier caso, existe una obligación sobre la persona, natural o jurídica, que es ineludible. No se puede tomar la opción de elegir no tributar sin quebrantar la ley, pudiendo ser objeto de alguna sanción, de tal manera que es riesgoso eludir esta exigencia. Teóricamente, los impuestos son obligatorios e ineludibles. Es necesario que exista este mecanismo de financiamiento para que el Estado pueda satisfacer y cumplir con las aspiraciones y exigencias sociales.
Si el contribuyente, en pleno ejercicio de su libertad y sana conciencia, destinara voluntariamente parte de sus ingresos para satisfacer las necesidades sociales que pueda haber en su entorno, la idea de un aporte obligatorio cambiaría por la de un aporte voluntario. La libertad de elegir y la disposición a pagar, son los elementos esenciales de este concepto, que además requiere de una significativa conciencia social, de justicia y equidad.
El tema ambiental esta ligado al tema social y al tema económico. Un país que aspira a desarrollarse en armonía con el ambiente y la naturaleza, debe conjugar el crecimiento económico sostenido, la equidad y el bienestar social, así como el cuidado y la protección del ambiente. Existe la urgencia de una transformación gradual de nuestras sociedades y sus economías, en cuanto a la forma como se percibe el desarrollo, así como en la forma de distribuir los costos y beneficios del crecimiento económico y el progreso. Las sociedades modernas se deberían caracterizar por comprender y respetar a la persona humana y a la naturaleza en su conjunto.
Uno de los mayores problemas en muchos países, y especialmente en los llamados países en vías de desarrollo, es que los modelos económicos implementados han traído como consecuencias gran desigualdad social, falta de justicia, debilidad institucional, corrupción, así como la degradación del ambiente y la depredación de los recursos naturales. Estos hechos ponen en riesgo las posibilidades de un desarrollo sostenible en el tiempo, trayendo crisis a los sistemas políticos y de gobierno. Las democracias se tambalean, en lo fundamental, porque se violentan los derechos humanos y se pone en riesgo la existencia de la vida misma. Los ambientes degradados impactan negativamente no solo en términos ecológicos, sino también en lo económico y social, deteriorando la calidad de vida y las posibilidades de una existencia digna, armónica y equilibrada del hombre con la naturaleza.
Dar una solución a los problemas ambientales, con el propósito de revertir los efectos adversos de esta crisis ecológica, o de prevenir el inicio de un nuevo ciclo de degradación, requiere de un esfuerzo permanente por parte de la sociedad en términos de disponibilidad de recursos, tanto económicos como humanos.
En lo referente a la disponibilidad de recursos, principalmente en el tema económico, es donde muchos países tienen el mayor escollo que les hace dificil afrontar y dar solución a los graves problemas sociales y ambientales que los aquejan.
Si el problema de disponibilidad de recursos económicos es un elemento crucial para abordar la problemática ambiental, nos podemos plantear las siguientes preguntas: ¿Cómo podemos disponer de recursos económicos adicionales para afrontar esta problemática? ¿Qué podemos hacer?
Los mecanismos por los cuales los países enfrentan la problemática ambiental tienen que ver principalmente con la implementación y ejecución de políticas económicas, sociales y ambientales serias, coherentes y responsables. Los países, a través de sus gobiernos, pueden obtener recursos económicos destinados a abordar los temas ambientales mediante los siguientes mecanismos: (1) recaudación fiscal por medio de impuestos; (2) financiamiento otorgado por organismos multilaterales de inversión y desarrollo (BM, BID, FMI, etc.); (3) canje de deuda por inversión en naturaleza y ambiente; (4) ayuda de la cooperación internacional. Un quinto mecanismo puede ser por medio de “contribuciones voluntarias” que cualquier persona natural o jurídica quiera realizar.
El significado de contribución implica el concepto de concurrir voluntariamente con una cantidad (de un recurso, de un bien, de dinero, etc.) para determinado fin. Si una persona, natural o jurídica, ejerciendo su derecho y libertad de elegir, decide hacer una contribución, estará realizando un acto cualitativamente de mayor trascendencia, que si lo hiciera por obligación, y, en términos cuantitativos, estará aportando concretamente con una cantidad (en recursos, en dinero) para conseguir el fin al que aspira.
Imaginemos un sistema en el cual, tanto las personas como las empresas, pueden hacer sus contribuciones libremente para abordar y solucionar específicamente problemas ambientales. Este proyecto necesitaría de un acuerdo entre la sociedad en su conjunto para alcanzar tal fin, algo que podríamos denominar un pacto social. El Estado debería ser un ente regulador y supervisor de este acuerdo. En este sistema, las empresas y las personas, son agentes activos, participan e interactúan coordinadamente; así mismo, ambos mantienen una relación de cooperación basada en la confianza. En esta relación de acuerdo mutuo, de participación activa, de coordinación, cooperación y confianza, funcionarían los mecanismos del mercado, donde existe una interdependencia entre los que ofrecen bienes y servicios para satisfacer preferencias y necesidades, y, los que usan estos bienes y servicios (ley de la oferta y demanda).
Si existe esta interdependencia entre el productor de un bien y/o servicio y el consumidor, entonces ¿cuál podría ser el mecanismo por el cual ambos pueden participar activamente, contribuyendo con recursos, para afrontar la problemática ambiental? La respuesta está en la compra y venta de un bien y/o servicio, y la preferencia del consumidor. Esta idea implica que la sociedad, o un sector de ésta, tienen un grado de conciencia sobre la importancia del cuidado y protección del ambiente.
Como punto de partida tomemos a un bien o servicio cualquiera (imaginemos una barra de jabón). Éste posee la capacidad de satisfacer la necesidad que el consumidor tiene; así mismo, tiene la capacidad de generar ganancias al que lo produce. Por otra lado, del bien y/o servicio se derivan recursos, bajo la forma de impuestos, con los que el estado financia sus gastos y satisface las demandas sociales ¿Pueden los bienes o servicios generar una fuente adicional de recursos que no sea un impuesto obligatorio? La respuesta es si, bajo la forma de una contribución, siempre y cuando exista el consenso y el acuerdo social para que sea de esta manera. En eset caso, la contribucion significa un valor adicional que se esta dispuesto a dejar sobre el precio base del producto que se adquiere.
Abordemos la situación del consumidor. Si éste tuviera la certeza de que al comprar un bien o servicio, una parte de esa inversión va a ser destinada como recurso económico disponible exclusivamente para enfrentar y dar solución a problemas ambientales, el comprador estaría por una parte satisfaciendo una necesidad, y, de otro lado estaría dando una “contribución voluntaria”. Esta idea implica que el consumidor haya orientado sus preferencias de consumo, y su disposición a pagar, en base a un reconocimiento de la seriedad y eficacia de este mecanismo. Si el consumidor sabe que al adquirir determinado producto, contribuye voluntariamente con recursos económicos a dar solución a un problema de la sociedad, es lógico pensar que seguirá prefiriendo en el tiempo el consumo de dicho bien o servicio, siempre y cuando éste cumpla con dos requisitos: (1) satisfaga plenamente la necesidad del consumidor; (2) sea una vía eficaz para destinar voluntariamente recursos económicos para solucionar el problema que le interesa enfrentar.
Ahora, abordemos la situación del empresario. Si el productor de un bien o servicio tuviera la certeza de que su producto va a ser consumido preferentemente por un sector de la sociedad, porque una parte del valor del producto va a ser destinada como una “contribución voluntaria” disponible exclusivamente para dar solución al problema que le interesa a los consumidores, sus ventas se pueden ver incrementadas por un aumento de la preferencia (la disposición a pagar). Este hecho por si mismo, estaría satisfaciendo la expectativa del productor de aumentar sus ganancias. El productor que ve aumentar sus ventas y ganancias, vía este mecanismo debe asegurar que: (1) su producto satisfaga plenamente la necesidad del consumidor; (2) su producto sea una vía eficaz por la que se destina voluntariamente recursos económicos para abordar y dar solución a problemas ambientales.
Analicemos la situación del Estado. El sistema de recaudación de impuestos no se vería afectado por la implementación de la contribución ambiental, pues se seguiría recaudando el impuesto por el consumo de un bien o servicio. En el mejor de los casos la recaudación de impuestos podría aumentar, siempre y cuando, se produzca un aumento del consumo de bienes y servicios relacionados con el sistema de contribución ambiental.
La idea de “Contribucion Voluntaria”, que podríamos denominar como “Contribucion Ambiental”, va acompañada de los siguientes conceptos:
1) Debe surgir de una coincidencia de intereses entre el productor de un bien y/o servicio, el consumidor de los mismos, y el Estado. Se establecen sus bases en un acuerdo o pacto social.
2) No es un mecanismo obligatorio sino voluntario. El productor decide si el bien y/o servicio que ofrece va a ser un medio destinado para este fin. El consumidor decide si adquiere el bien y/o servicio destinado para este fin.
3) Funciona en base a la conciencia ambiental del consumidor, o en terminos mas amplios, a la de la sociedad en su conjunto.
4) La contribucion ambiental se concretiza en base a la ley de la oferta y demanda, la preferencia de consumo y la disposición a pagar, asi como por la confianza.
5) La contribución ambiental implica un aumento en el precio del bien y/o servicio por el cual se está dispuesto a pagar. El aumento no debe ser significativo sobre el precio base, de tal manera que encarezca el producto y/o servicio, desviando asi la preferencia del consumidor.
6) La contribucion ambiental no es un impuesto y no debería ser sujeto de cobranza de impuestos.
7) El precio del bien y/o servicio tendría tres componentes: ganancia, impuesto y contribución ambiental.
8) Los fondos recaudados por este mecanismo deberían ser destinados exclusivamente para solucionar problemas ambientales.
9) Los fondos recaudados podrían ser administrados por las propias empresas o por un Sistema de Administración de Contribuciones Ambientales regulado y supervisado por el Estado.
La Contribución Ambiental no debería ser utilizado como un mecanismo de traslado del costo ambiental que debe asumir el productor de un bien o servicio, en caso de afectar negativamente el ambiente, como consecuencia de la actividad productiva. No supone dejar de lado la responsabilidad ambiental que cada empresa debe asumir frente a la sociedad en cuanto al desarrollo de sus actividades; cuando se produzca un daño al ambiente debe prevalecer el criterio de "el que contamina debe pagar por el daño que produce". Esto requiere necesariamente el cumplimiento, por parte de las empresas, del marco legal que en materia ambiental existe para cada sector productivo, asi como implementar la visión de una Gestión Ambiental responsable en cada sector de la economia, en donde la filosofia de la calidad total, la seguridad, salud e higiene ocupacional, y el cuidado del ambiente sean los ejes de dicha gestión.
1) Debe surgir de una coincidencia de intereses entre el productor de un bien y/o servicio, el consumidor de los mismos, y el Estado. Se establecen sus bases en un acuerdo o pacto social.
2) No es un mecanismo obligatorio sino voluntario. El productor decide si el bien y/o servicio que ofrece va a ser un medio destinado para este fin. El consumidor decide si adquiere el bien y/o servicio destinado para este fin.
3) Funciona en base a la conciencia ambiental del consumidor, o en terminos mas amplios, a la de la sociedad en su conjunto.
4) La contribucion ambiental se concretiza en base a la ley de la oferta y demanda, la preferencia de consumo y la disposición a pagar, asi como por la confianza.
5) La contribución ambiental implica un aumento en el precio del bien y/o servicio por el cual se está dispuesto a pagar. El aumento no debe ser significativo sobre el precio base, de tal manera que encarezca el producto y/o servicio, desviando asi la preferencia del consumidor.
6) La contribucion ambiental no es un impuesto y no debería ser sujeto de cobranza de impuestos.
7) El precio del bien y/o servicio tendría tres componentes: ganancia, impuesto y contribución ambiental.
8) Los fondos recaudados por este mecanismo deberían ser destinados exclusivamente para solucionar problemas ambientales.
9) Los fondos recaudados podrían ser administrados por las propias empresas o por un Sistema de Administración de Contribuciones Ambientales regulado y supervisado por el Estado.
La Contribución Ambiental no debería ser utilizado como un mecanismo de traslado del costo ambiental que debe asumir el productor de un bien o servicio, en caso de afectar negativamente el ambiente, como consecuencia de la actividad productiva. No supone dejar de lado la responsabilidad ambiental que cada empresa debe asumir frente a la sociedad en cuanto al desarrollo de sus actividades; cuando se produzca un daño al ambiente debe prevalecer el criterio de "el que contamina debe pagar por el daño que produce". Esto requiere necesariamente el cumplimiento, por parte de las empresas, del marco legal que en materia ambiental existe para cada sector productivo, asi como implementar la visión de una Gestión Ambiental responsable en cada sector de la economia, en donde la filosofia de la calidad total, la seguridad, salud e higiene ocupacional, y el cuidado del ambiente sean los ejes de dicha gestión.
En alguna medida este mecanismo teorizado hasta aquí ya existe. Los supermercados en asociación con otras instituciones, han implementado esta forma de recaudar dinero por medio de la contribución voluntaria. Al amortizar el valor del precio de los productos de consumo en las cajas de los supermercados, una parte del dinero que pagamos puede ir voluntariamente para un fondo de ayuda a los niños quemados, con VIH, etc. previa solicitud de consentimiento por parte del cajero hacia el consumidor. Por otro lado, hay un procedimiento similar utilizado por una empresa productora de cerveza para recaudar dinero con el proposito de establecer un fondo para apoyar al futbol. Ya sea que se utilicen los recursos recaudados con fines altruista, o con propositos superfluos e intracendentes como en el caso del futbol, es perfectamente posible implementar el mecanismo de contribución ambiental voluntaria.
El Dr. Antonio Brack ha propuesto de manera acertada el pago, por concepto de servicio ambiental, de dos centimos adicionales al precio actual que se abona por metro cúbico de agua, con el proposito de obtener un fondo para el manejo y recuperación de la cuenca del río Rimac. Es importante considerar seriamente este tipo de propuestas, que pueden ayudar a afrontar y solucionar los graves problemas ambientales que tiene el Perú.
Imagen tomada de: http://www.tododecarton.com.mx/reciclaje.php
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